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jueves, 29 de abril de 2010

(QUIT PARTE) ORDENAMIENTO TERRITORIAL MUNICIPAL Y DISTRITAL



Hay cuatro distritos son:

Capital de Bogotá, y los municipios contiguos a este podrán asociarse en una región administrativa y de planificación especial cuyo objeto principal será el desarrollo económico y social de la respectiva ciudad -región. Las citadas entidades territoriales conservarán su identidad política y territorial.


El Distrito Turístico y Cultural de Cartagena de Indias y el Distrito Turístico, Cultural e Histórico de Santa Marta conservarán su régimen y carácter. La conformación de las entidades territoriales indígenas se hará con la sujeción

Dispuesto en la Ley Orgánica de Ordenamiento Territorial, y su delimitación se hará por el Gobierno Nacional, con participación de los representantes de las comunidades indígenas, previo concepto de la Comisión de Ordenamiento Territorial.

Cúcuta Es Distrito Especial Fronterizo Y Turístico: son áreas territoriales que, como su nombre lo indica, están sujetas a un régimen especial, En ese caso de acuerdo con la Ley 768 del 2002. los órganos y autoridades de este tipo de áreas tienen facultades distintas a las contempladas para los demás municipios.

ordenamiento territorial municipal» destinada a normar la planificación física de las ciudades y su entorno rural, instrumento jurídico que fraccionó el proceso de planificación del desarrollo municipal establecido en la Ley 152 de 1994, omitió factores y aspectos imprescindibles del ordenamiento territorial de las ciudades, y obligó a los municipios a «ordenarse» en ausencia de un marco nacional de ordenamiento del territorio y su correspondiente desglose regional. Al momento de reglamentar y culminar los planes de ordenamiento territorial, nos topamos con municipios que no cumplen las instancias que por ley deben estar constituidas: por los Consejos de gobierno, los Consejos Municipales de Planeación y los Consejos Consultivos de Desarrollo Territorial, no es raro que alguno o casi todos funcionen con irregularidad


(CUART PARTE) BASES CONCEPTUALES PARA LA CONSTRUCCION DE LAS REGIONES EN COLOMBIA (CORPORACIONES)



a. Corporaciones autónomas regionales
Las funciones se ampliaron hasta abarcar una gran variedad de objetivos, muchos de los cuales bastante alejados de la concepción hidrográfica inicial. Dentro de estos objetivos se mencionan algunos referidos a proyectos de colonización, adecuación de tierras, proyectos de inversión energética, desarrollo urbano.
b. Regiones de planificación -CORPES-
Las Funciones son las de buscar el desarrollo interregional equilibrado, fortalecer las entidades territoriales que la conforman y preparar los planes regionales de desarrollo.
La capacidad de gestión de estas regiones ha sido variable, en función de la disponibilidad de recursos financieros. Esta disponibilidad ha dependido de regalías por la explotación de recursos naturales no renovables o por contribución de valorización de obras nacionales, entre otros, los cuales no han favorecido por igual a las cinco regiones, encontrándose unas con mayor capacidad de gestión que otras.

PILARES PARA LA CONSTRUCCION DE LAS REGIONES EN COLOMBIA


De lo anterior se desprende que la construcción del nuevo orden territorial exige la profundización de la política de descentralización administrativa y la desconcentración territorial de los recursos productivos, de los servicios y de las oportunidades de empleo. En este contexto, las provincias y regiones territoriales, como entidades regionales, pueden ser un agente clave, un sujeto activo para lograr los cambios demandados por el nuevo orden. La construcción de regiones fuertes y dinámicas, protagonistas del ordenamiento territorial futuro del país, exigen la consideración de cinco pilares: integración funcional, regionalidad histórica, proyecto político, morfometría y propincuidad y autonomía. A continuación se examinan en detalle cada una de éstos.
 . Integración funcional
Un primer elemento a considerar en el diseño y construcción de una región, sea esta una provincia o región administrativa y de planificación es su integración funcional, aspecto ligado al concepto de región funcional (ver numeral 2.1.2), mediante el cual se delimitan espacios estrechamente relacionados entre sí, a partir de los flujos de bienes, personas, información o ideas.
La integración funcional se establece a partir de uno o varios centros, nodos o polos que constituyen núcleos de impulsión. Estos pueden ser una o varias ciudades las cuales actúan como polarizadoras de un determinado territorio al cual organizan y sirven, ejerciendo, por tanto, un papel dirigente en su región. Cuando el espacio polarizado es amplio, la región funcional puede abarcar varias ciudades, ligadas, también, entre sí por intensas interacciones.

 Regionalidad histórica
Desde el momento de la conquista española y, especialmente en la Colonia, se inició el proceso de construcción regional en lo que hoy es la República de Colombia. Un examen de la Cartografía Histórica del País, muestra como en 1685, ya se distinguían en nuestro territorio las regiones de Río de la Hacha, Santa Marta, Cartagena, Popayán y Granada, denominadas como provincias, las cuales evolucionaron para consolidar hacia el siglo XIX las regiones de Bolívar, Magdalena, Antioquia, Tolima, Santander, Cundinamarca, Boyacá y Cauca.
Esta regionalidad histórica fue un factor importante en el desenvolvimiento del proceso de organización político-administrativa del país en el siglo XIX. Cada una de las regiones poseía su propia economía de autoabastecimiento, su cultura o género de vida, como resultado del aislamiento producido por los accidentes orográficos y por las pésimas condiciones del transporte que constituían serias barreras a la interacción regional.

 . Proyecto político
Además de los criterios históricos y funcionales, la construcción de una región debe considerar, también, la existencia de un proyecto político concertado entre los distintos actores sociales del desarrollo regional: productores, comerciantes, profesionales, gobiernos departamentales y/o municipales, grupos étnicos minoritarios, pequeños campesinos, colonos, mineros, etc., cuyos objetivos y planes deberán contribuir a aglutinar a estos actores en torno a escenarios futuros de desarrollo económico y socio-cultural, los cuales constituirán la razón de ser de la región y la base de la construcción social, cultural y política de la región.

 Construcción social
La construcción social implica la creación o consolidación de una sociedad regional, en la cual las instituciones públicas, clase política, empresarial, organizaciones sociales, sindicales y gremiales superen la visión departamental hacia una visión e identidad regional, que favorezca la cohesión social de la región y ayude a que la población regional sea capaz de movilizarse tras la realización del proyecto político, es decir, a que sea capaz de transformarse de objeto dominado y manipulado a sujeto activo de su propio desarrollo (Boisier, 1988). Este carácter activo se manifiesta en movimientos sociales que expresan la regionalidad de la población y las aspiraciones colectivas con respecto a sus escenarios de desarrollo regional.

 Construcción cultural.
La construcción cultural plantea la necesidad de que el proyecto político reconozca la diversidad cultural existente en la región. No se puede olvidar que de la misma manera como la diversidad del medio natural ofrece oportunidades diferenciadas de desarrollo económico y social que exigen un mayor o menor esfuerzo para lograr el progreso, la diversidad cultural plantea la necesidad de un tratamiento diferenciado del territorio que respete a los distintos grupos culturales o étnicos que coexisten en dicho espacio.

 Construcción política
La construcción política, por su parte, hace referencia al proceso político-administrativo que ha de desarrollarse para la creación legal de la región y en la cual la participación de las fuerzas parlamentarias de los departamentos, la voluntad de los gobernadores y del Gobierno Nacional y el apoyo popular son determinantes. negociación de los departamentos costeños ante el Gobierno Nacional y hacer sentir la voz de la región en el Congreso de la República, así como la realización de importantes proyectos de inversión regional, que constituyen un avance en el proceso de consolidación de la sociedad regional. No obstante, el grado de cohesión de dicha sociedad es aún débil, a lo cual contribuye la debilidad de las sociedades departamentales.

 Morfometría y propincuidad regional
El logro de la integración regional, la concertación de proyectos de desarrollo social y económico y la eficacia en la planificación territorial, pueden verse beneficiados cuando en el proceso de construcción se consideran también elementos de morfometría regional con criterios de propincuidad, los cuales tienen que ver con la dimensión regional, especialmente con aspectos de tamaño y forma de la región.
Aunque esto puede parecer simplista o teórico, el tamaño de las unidades regionales y su forma han sido aspectos importantes en la regionalización de Francia y Estados Unidos. La ciencia geográfica, por su parte, ha desarrollado una profunda conceptualización en torno a la interacción espacial y las condiciones de tamaño y forma que favorecen la movilidad espacial y la administración y control territorial. El tamaño y la forma constituyen propiedades significativas de las superficies territoriales.

 Autonomía
En este punto se hace referencia básicamente al poder de las regiones territoriales -RET- para administrar y planificar el desarrollo de su territorio y gestionar de manera autónoma los asuntos que sean de su interés. Este poder dependerá de la manera como se resuelvan interrogantes relacionados con la distribución de funciones, competencias y recursos entre la Nación, los departamentos y las RET, los cuales aún no están muy claros. Qué funciones y servicios va a transferir la Nación a la región? Qué poder entregarán los departamentos a la región para que ésta sea una entidad fuerte sin que se disminuya la importancia de ellos?, Cómo evitar que las regiones territoriales reproduzcan la estructura burocrática de los departamentos y el esquema centralista de la Nación?. He aquí preguntas claves que necesariamente deberán ser consideradas dentro del proceso de construcción regional.

DERMINANTES DEL PLAN DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL EN COLOMBIA

a. Directrices ambientales
Estas directrices dada por la Ley 388/2000 sobre ordenamiento territorial.
• Función de los objetivos de desarrollo, potencialidades y limitantes biofísicos, económicos y culturales.
• Definir políticas de desarrollo de las poblaciones de los centros urbanos en armonía con las políticas nacionales, de esa manera que facilite el desarrollo.
• Orientar la localización de la infraestructura física-social de manera que se aprovechen las ventajas competitivas regionales y se promueva la equidad en el desarrollo municipal, concertando con los municipios; el ordenamiento territorial.
• Integrar y orientar la proyección espacial de los planes sectoriales departamentales, los de sus municipios y territorios indígenas en concordancia con las directrices y estrategias de desarrollo regionales y).
• Orientar la localización de la infraestructura física-social de manera que se aprovechen las ventajas competitivas regionales y se promueva la equidad en el desarrollo municipal.
b. Directrices desarrollo territorial

 la política de desarrollo económico
La constituye política de desarrollo económico del mercado como mecanismo fundamental en la asignación de recursos, la libre iniciativa de los sectores económicos, la mayor apertura al comercio exterior y la máxima descentralización posible en la toma de decisiones.
apertura económica lleva consigo causas de reconversión industrial y agropecuaria que implican modernización y relocalización de población que de hecho afectan el ordenamiento del territorio al fortalecer los centros urbanos localizados estratégicamente para la producción y comercialización.
los efectos territoriales del desarrollo económico estimulado por la producción competitiva llevan a la concentración de sus beneficios en las regiones o centros urbanos dinámicos donde se concentran las mayores ventajas competitivas en detrimento de las regiones o centros deprimidos, los cuales tradicionalmente no se han beneficiado de este desarrollo.

 política de desarrollo social
 Protección y asistencia a personas de la tercera edad.
 Política de previsión, rehabilitación e integración social para los disminuidos físicos, sensoriales y psíquicos
 Protección integral de la familia. Protección especial a la mujer, a la maternidad y al trabajador menor de edad.
 Protección y formación integral de los adolescentes.
 Seguridad social a todos los habitantes.
 Acceso a la atención de la salud y el saneamiento ambiental a todas las personas.
 Derecho a una vivienda digna.

 política de desarrollo rural
Encaminado a resolver los problemas territoriales relativos a disparidades del desarrollo regional, integración económico-territorial, uso no sostenible de recursos naturales y las condiciones de pobreza del campo, necesariamente debe considerar, en su componente rural, la solución de problemas estructurales relacionados con la tenencia de la tierra, el empleo y la calidad de vida.
Los objetivos de esta ley fueron de reformar la estructura social agraria, a partir de la eliminación de la inequitativa concentración de la propiedad rústica o su fraccionamiento antieconómico; fomentar la adecuada explotación económica de tierras incultas o deficientemente utilizadas, acrecer el volumen global de la producción y la productividad de las actividades agrícolas y ganaderas.
al Fondo Nacional Agrario, asigna funciones de desarrollo económico regional a las "corporaciones regionales de desarrollo", establece la extinción del dominio sobre tierras incultas, promueve la colonización de tierras baldías, la constitución de unidades agrícolas familiares, la adecuación de tierras y construcción de distritos de riego, la parcelación de tierras.

 política de desarrollo cultural
Constituye un fundamento de la identidad nacional, tal expresión aparece hoy como una fortaleza o debilidad de las naciones para insertarse en un mundo cada vez más globalizado, en el cual la identidad cultural de las regiones constituye una ventaja competitiva.
La cultura como el "conjunto de rasgos distintivos, espirituales, materiales, intelectuales y emocionales que caracterizan a los grupos humanos y que comprende, más allá de las artes y las letras, modos de vida, derechos humanos, sistemas de valores, tradiciones y creencias".
Tales rasgos son fundamento de la nacionalidad y actividad propia de la sociedad colombiana en su conjunto y son parte integral de la identidad y la cultura.

 Patrimonio histórico
declaran como patrimonio histórico, artístico y científico los monumentos y objetos arqueológicos: templos, sepulcros y sus contenidos, estatuas, cerámicas, utensilios, joyas, piedras labradas o pintadas, ruinas,

 Elementos claves de la política de desarrollo cultural
La declaratoria de bienes de interés cultural se realiza sobre aquellos bienes que requieran de una protección especial.
En casos como los relativos al patrimonio arqueológico reconocido y prospectado en desarrollo de la construcción de redes de transporte de hidrocarburos, el Plan Especial de Protección puede ser el Plan de Manejo Arqueológico que hace parte del Plan de Manejo Ambiental presentado al Ministerio del Medio Ambiente.
La declaratoria de áreas de patrimonio arqueológico se realiza sobre aquellos lugares que sirven de asiento a bienes originarios de culturas desaparecidas o que pertenezcan a la época colonial, así como los sitios en los que se encuentran restos humanos y orgánicos relacionados con esas culturas o bienes representativos de la tradición e identidad culturales pertenecientes a las comunidades indígenas actualmente existentes. También hacen parte de éstas áreas, los lugares en los cuales se encuentran elementos geológicos y paleontológicos relacionados con la historia del hombre y sus orígenes.
El registro del patrimonio cultural es una obligación de la nación y de las entidades territoriales. Estas últimas deberán remitir de manera periódica al Ministerio de la Cultura, sus registros con el fin de hagan parte del Registro Nacional del Patrimonio
Aéreas geoestratégicas de división territorial
El manejo de áreas geoestratégicas y de la división territorial constituyen directrices o determinantes importantes del ordenamiento territorial. Se examinan algunas regulaciones existentes sobre la materia.


Ordenamiento de áreas fronterizas
Podrán adelantar directamente con la entidad territorial limítrofe del país vecino, de igual nivel, programas de cooperación e integración, dirigidos a fomentar el desarrollo comunitario, la prestación de los servicios públicos y la preservación del ambiente.
Establecer para las zonas de fronteras, terrestres y marítimas, normas especiales en materias económicas y sociales, científico, tecnológica, cultural y las tendientes a promover su desarrollo.

 Categorías

 Zonas de frontera: Aquellos municipios, corregimientos especiales de los departamentos fronterizos, colindantes con los límites de la República de Colombia, y aquellos cuyas actividades económicas y sociales se advierte la influencia directa del fenómeno fronterizo.

 Unidades especiales de desarrollo fronterizo: A los municipios, corregimientos especiales y áreas metropolitanas pertenecientes a las zonas de frontera, en los que se hace indispensable crear condiciones especiales para el desarrollo económico y social mediante la facilitación de la integración con las comunidades fronterizas de los países vecinos, establecimiento de las actividades productivas, el intercambio de bienes y servicios y la libre circulación de personas y vehículos.

 Zonas de integración fronteriza: aquellas áreas de los departamentos fronterizos cuyas características geográficas, ambientales, culturales o socioeconómicas, aconsejen la planeación y la acción conjunta de las autoridades fronterizas, en las que de común acuerdo con el país vecino, se adelantarán las acciones, que convengan para promover su desarrollo y fortalecer el intercambio bilateral e internacional.

 Instrumentos de ordenamiento fronterizo: la política de ordenamiento de áreas fronterizas se destacan los convenios de cooperación e integración y los bonos de desarrollo fronterizo, por los gobernadores y alcaldes de los departamentos y municipios con las autoridades del mismo nivel de los países vecinos, dirigidos a fomentar el desarrollo comunitario, la prestación de servicios públicos y la preservación del ambiente. Los bonos de desarrollo fronterizo se destinan a financiar planes y programas de infraestructura industrial y comercial en las Unidades Especiales de Desarrollo.

Ordenamiento de áreas marinas y submarinas

Las áreas marinas han sido objeto de ordenamiento internacional, mediante la Convención sobre la Plataforma Continental suscrita en Ginebra el 29 de abril de 1958, En Colombia este ordenamiento fue aceptado mediante la Ley 9 de 1961, la cual sirvió de base para la expedición de la Ley 10 de 1978, mediante la cual se dictan normas sobre mar territorial continental e insular, zona económica exclusiva al mar y plataforma continental, Colombia ejerce derechos de soberanía para efectos de exploración, explotación, conservación y administración de los recursos naturales vivos y no vivos del lecho y del subsuelo y de las aguas supra yacentes; asimismo, ejerce jurisdicción exclusiva para la investigación científica y preservación del medio marino.
La soberanía de Colombia incluye una plataforma continental para los efectos de exploración y explotación de los recursos marinos y submarinos.
El Decreto 2324 de 1984, por el cual se reorganiza la Dirección General Marítima y Portuaria -DIMAR-, del Ministerio de Defensa, designó a esta entidad como autoridad Marítima Nacional, con el objeto de regular, dirigir, coordinar y controlar las actividades marítimas, entre las que se destacan:

o La señalización marítima
o El control del tráfico marítimo
o La construcción, operación y administración de instalaciones portuarias.
o La utilización, protección y preservación de los litorales.
o La investigación científica marina
Norma que establece regulaciones relativas al ordenamiento del uso y ocupación de las áreas marinas y submarinas es el Decreto 2655 de 1988, en lo referente a la exploración y explotación minera costera y submarina.

o Aéreas costeras, insulares y espacio aéreo
Variable situada a ambos línea donde la tierra se encuentra con el mar, constituyen, también, áreas estratégicas para la seguridad del país y, además, en éstas se localizan ecosistemas muy importantes como los manglares, los cuales requieren de un manejo especial. Al igual que las áreas marinas, las zonas costeras requieren también de ordenamiento, cuya base sería una zonificación de las costas para identificar en ellas las áreas de potencial portuario, turístico, zonas francas y áreas de manejo especial como los deltas fluviales, áreas estuarinas, manglares, etc. Asimismo, los departamentos y municipios costeros deben adoptar un plan de manejo sostenible de las playas y los recursos naturales que las integran. Posee, en este sentido, islas en el Mar Caribe y en el Océano Pacífico.

DIVISION TERRITORIAL

Se conformar a partir de la evolución de las regiones administrativas y de planificación se establece las provincias, las aéreas metropolitanas, las localidades del distrito capital, las comunas y los corregimientos de los departamentos (32), los distritos (4), los municipios (1060) y los territorios indígenas (en proceso de reglamentación).
o En esta división se advierten dos hechos: el primero tiene que ver con el mantenimiento de las división municipal y departamental que existía antes de 1991, con sus disfuncionalidades para la eficacia de la política de descentralización en el caso de los municipios y de la creación de regiones de planificación funcionales en el caso de los departamentos.
o En la división municipal: Se mantuvo una parcelación a partir de entidades con profundas desigualdades en población, tamaño y condiciones económicas. Unos municipios poseen gran concentración urbana, otros son pequeños espacios rurales. Ello hace que sus necesidades y capacidad de generación de recursos fiscales y de gestión administrativa sean de grado distinto. Estos municipios agrupados en provincias o asociaciones de municipios podrían beneficiarse de la solidaridad financiera que los llevaría a disponer de mayores medios económicos para la realización de obras de infraestructura.
Segundo hecho se relaciona con el excesivo tipo de entidades territoriales creadas por la nueva Constitución Política, lo cual constituye un obstáculo para la coordinación y armonía en la acción de éstas sobre el territorio.

(TERC PARTE) CON BASE EN LA SÍNTESIS CONCEPTUAL DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL COLOMBIA



* ANTECEDENTES LEGALES

1947. La Ley 188: obliga a los municipios, con presupuesto no inferior a $200.000 a levantar un plano regulador del desarrollo urbano que incluye: áreas de expansión, localización de áreas de recreo y deporte, ubicación de sitios públicos y demás equipamientos colectivos.

1953. El Decreto 2278 ordena el uso y aprovechamiento de los bosques colombianos, a partir de la clasificación de éstos en bosque protector, bosque público, bosque de interés general y bosque privado.

1959. La Ley 2 establece y delimita las primeras 7 zonas forestal sujetas a manejo especial: del Pacífico, Central, del río Magdalena, de la Sierra Nevada de Santa Marta, de la Serranía de los Motilones, de El Cocuy y de la Amazonia. Así mismo define las áreas forestales productoras y protector-productor.

1961. La Ley 135 (de reforma Agraria), intenta modificar las condiciones de tenencia y uso de las tierras rurales e introduce las zonas de colonización. La Ley 160 de 1994 retoma este intento.

1968. El Decreto 3133 define para Bogotá el Estatuto del Distrito Especial en el que se consagra un artículo relativo a la organización físico-espacial.

1974. Se adopta el Código Nacional de Recursos Naturales Renovables y de Protección del Medio Ambiente (Decreto 2811) que sienta las bases para ordenamiento ambiental del territorio. Establece un gran número de categorías espaciales, agrupadas en:

Sistema de Parques Nacionales Naturales, que incluye: las siguientes categorías: parque nacional, reserva natural, área natural única, santuario de fauna, vía parque, cuyo uso fue reglamentado por el Decreto 622 de 1977.

Zonas de Protección, Estudio y Propagación de Fauna Silvestre: territorio fáunico, zoo criaderos, reserva de caza, coto de caza, veda de caza. Reglamentados por el Decreto 1608 de 1978.

Distritos de Conservación de Suelos: reglamentados por el decreto 1974 de 1989, bajo el nombre de distritos de manejo integrado de recursos naturales -DMI-.

Zonas Hídricas de Protección Especial: reglamentadas por el Decreto 1541 de 1978.

Áreas Especiales de Manejo Integrado para Protección, Propagación o Cría de Especies Hidrobiológicas: reglamentadas por el Decreto 1681 de 1978, incluye manglares, estuarios, meandros, ciénagas y otros cuerpos de agua. Zonas exclusivas para pesca de subsistencia o comunitaria.

Zonas de Preservación del Paisaje: Reglamentadas por el Decreto 1715 de 1978. Se incluyen, también, las zonas de descanso o recreo.

1977. El Decreto 622 establece que las áreas que integran el sistema de parques nacionales naturales podrán ser zonificadas, atendiendo las siguientes categorías: Zona primitiva, Zona intangible, Zona de Recreación, Zona Histórico-Cultural, Zona de Recreación general Exterior, Zona de Alta Densidad de Uso y Zona Amortiguadora

1978. La Ley del Mar (Ley 10), establece las bases para el ordenamiento del territorio marino del país, a partir de tres categorías: Mar Territorial, Zona Económica Exclusiva, Plataforma Continental. Adicionalmente, el Decreto 1875 de 1979 dicta normas para prevenir la contaminación del medio marino que son complementadas por la Ley 45 de 1985. Las áreas marinas y submarinas del país hacen parte de su territorio, razón por lo cual también son parte de la política de OT.

1978. La Ley 61 y su Decreto Reglamentario 1306 De 1980, obligan a los municipios con más de 20.000 habitantes a formular planes integrales de desarrollo, definiéndoles contenidos, etapas y responsabilidades y solicita que se formulen con participación de la comunidad.

1979. El Código Sanitario (Ley 9), establece elementos para el ordenamiento urbano referidos a localización de zonas industriales, manejo del espacio público, prevención de asentamientos ilegales y calidad del agua para consumo doméstico y

1986. El Código de Régimen Municipal (Decreto 1333) incluye elementos claves del ordenamiento urbano que posteriormente son retomados, por la Ley 388/97

1988. El Decreto 2655, establece las zonas mineras indígenas, las cuales son retomadas por el Decreto 710 de 1990.

1989. La Ley de Reforma Urbana (Ley 9): complementa los aspectos de ordenamiento urbano establecidos por el Código de Régimen Municipal. Incluye:


PLANES Y REGLAMENTOS DE USOS DEL SUELO.


Reserva de tierras urbanizables.

Manejo de inmuebles constitutivos del espacio público.

Reserva de zonas para protección ambiental.

Zonas de desarrollo diferido, progresivo, restringido y concertado.

Renovación y re desarrolló de zonas afectadas por procesos de deterioro económico, social y físico.

Rehabilitación de zonas de desarrollo incompleto o inadecuado.

* ORDENAMIENTO POLITICO-ADMINISTRATIVO EN COLOMBIA

Las competencias atribuidas a los distintos niveles territoriales serán ejercidas conforme a los principios de coordinación, concurrencia y subsidiariedad en los términos que establezca la ley.

Para que requiera lo político ya administrativo debe incluir tres ejes temático del ordenamiento: geográfico, incluye lo ambiental, étnico cultural y político administrativo, Se constituirá un modelo de arquitectura jurídica. tendrá disposiciones de principios, que normaran el uso de la tierra, los sostenibilidad del medio, el progreso humano y la eficacia administrativa tendrá títulos relativos a geografías, ecosistemas, patrimonio natural, población.

* ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y PROCESOS DE CONSTRUCCION REGIONAL

En Colombia tenemos las regiones naturales que son:

* La Amazonia es la selva ecuatorial humedad.

* La Orinoquia es la llanura extensa cubierta de gramíneas cortas.

* La Andina complejo sistema montañoso.

* La Caribe, esta formada por la el mesón continental, el mar y el archipiélago de san Andrés y providencia.

* La pacifico formando por el andén periférico, el océanos y las islas.

* REGION Y ORGANIZACIÓN TERRITORIAL

Una organización territorial ineficiente, afecta la eficacia de los planes de ordenamiento territorial. Es en este contexto donde las reformas político-administrativas y territoriales del país adquieren sentido para el ordenamiento territorial. De hecho que una mayor autonomía de las entidades territoriales y una mayor capacidad de gestión como producto de las descentralización administrativa favorece las finalidades del OT, del mismo modo, una organización territorial basada en entidades funcionalmente integradas, espacialmente propincuas, culturalmente cohesionada e históricamente identificadas, constituye un marco óptimo para la actuación ordenadora.

la región y del proceso de construcción regional en el mundo y en nuestro país, proponiendo al final unos elementos claves a tener en cuenta en los procesos constructores de regiones y provincias.

LA POLISEMIA DE LA REGION

Significa gobernar, regir, ejercitar el poder. Por ello, en su concepción primitiva el término región tuvo una connotación política, es decir, una región era el espacio regido o gobernado por una autoridad. Este concepto inicial fue ampliándose en función del surgimiento y cambio de los paradigmas científicos. Habla de región para significar un conjunto o bloque de países diferenciado de los demás por condiciones geográficas, geopolíticas o por intereses económicos comunes.

Es prácticamente imposible dar una definición de región que sea de aceptación universal, más.

- Aproximación geográfica regional

Hace referencia a la manera como se articulan los elementos naturales y culturales en cada una de éstas. No obstante, al momento de entrar a determinar la naturaleza de la región y los criterios de regionalización han existido tendencias diversas, en muchos casos antagónicas.

Es la región un ente con existencia real o es una construcción intelectual. Es la región un espacio único e irrepetible o un espacio cuyas características son generalizables.

a. Enfoque corológico: región geográfica

coro lógica de la región se fundamenta en el principio de que el espacio está dotado de una serie de propiedades específicas que es necesario conocer en detalle para delimitarlas y actuar sobre ella. Desde este punto de vista, la región se define como un espacio con existencia real delimitado y continuo, de extensión variable, caracterizado por una peculiar combinación de elementos físicos y humanos que han sido modelados históricamente y que están dotados de ciertos atributos (tamaño, fisonomía, estructura, cultura.), que le otorgan una personalidad propia y diferenciada.

La región agrupa todos los rasgos de relieve, clima, suelo, vegetación, agricultura, minería, industria, comunicaciones y hábitat; unidos y ensamblados en un paisaje visible, formando un todo orgánico, siendo sus partes interdependientes

b. Enfoque sistemático: región homogénea, uniforme o formal

El concepto de región, como espacio histórico-real, empezó a ser atacado con fuerza, para dar mayor importancia a los enfoques funcionales y a la consideración de la región como un constructo mental, cartográfico, útil para observar y comprender la realidad, pero sin que fuera la realidad misma. De este modo, las regiones solo existen en la mente de los investigadores, encontrándose tantas unidades regionales como objetivos se tengan para dividir un territorio o espacio geográfico

c. Aproximación funcional

La aproximación funcional conduce a las regiones funcionales, nodales o polarizadas, las cuales. Toda región funcional se estructura a partir de uno o varios centros, nodos o polos que constituyen núcleos de impulsión. Estos pueden ser una o varias industrias motrices o uno o varios centros urbanos a partir de los cuales se organizan espacios polarizados.

Una característica central de la región funcional es el orden jerárquico que se establece entre diferentes espacios funcionales, en razón a la jerarquía establecida entre los diferentes centros urbanos, la cual depende, a su vez, del número de funciones y servicios disponibles y del grado de especialización de éstos.

* Regiones territoriales

Las regiones territoriales son entidades autónomas que hacen parte de la organización territorial de los estados.

Estas regiones se asocian más con intereses políticos y características económicas, tal como lo ilustra J. Friedman al afirmar para el caso chileno que:

"a pesar de que cada una de las regiones de Chile tiene su propio perfil económico, las variaciones culturales entre ellas son pequeñas. En términos generales los chilenos constituyen un pueblo bastante homogéneo y su apego al terruño natal es bastante débil

* Regiones administrativas

Las entidades territoriales e instituciones estatales de diverso orden, también dividen el territorio para cumplir funciones administrativas. cual ejercen sus funciones, administrativas por lo general no coinciden, lo que conduce a la descoordinación en el cumplimiento de funciones administrativas complementarias.

* Regiones de planificación, plan o programa

Son entidades administrativas establecidas como espacios de decisión, intervención y acción gubernamental.

La regionalización del país ha estado ligada a la inoperancia de la división departamental, la política de descentralización administrativa y las disparidades del desarrollo regional, Las regiones de planificación se introdujeron en la estructura administrativa del país, en 1985, mediante la Ley 76, que creó la región de Planificación de la Costa Atlántica y autorizó la división del territorio nacional en otras de características similares, con capacidad y autonomía para la administración de su propio desarrollo económico y social. Posteriormente se crearon las regiones de Occidente, Centro-Oriente, Orinoquia y Amazonia.

* Regiones internacionales

El término región también es usado para indicar bloques de países que se unen en torno a algunos propósitos económicos, geopolíticos, culturales, etc. La naturaleza, objetivos y dimensiones de estas regiones varían mucho.

Asimismo, en una escala planetaria, es común señalar como región a un país o conjunto de países contiguos que presentan una homogeneidad fisiográfica, cultural o en la combinación de variables físicas y culturales.

* Regiones competitivas

Dentro del modelo de globalización económica, la región se configura como un soporte de la estrategia de competitividad de los países, la cual se orienta a generar una nueva dinámica regional a través de la plena utilización y el crecimiento del potencial endógeno de las regiones (recursos económicos, humanos, naturales, institucionales y culturales.

Dentro de este contexto, el interés fundamental se centra en procesos de construcción regional y regionalización con carácter estratégico, en función de unas necesidades y objetivos determinados que pueden estar relacionados con la actuación de los organismos gubernamentales de administración y planificación territorial, con políticas de integración económica, competitividad internacional, realización de proyectos conjuntos

* DIVISION TERRITORIAL?

Las parcelaciones administrativas del territorio para la planificación del desarrollo y la acción de las entidades territoriales inciden en el ordenamiento territorial. En este sentido, la Constitución Política del país introduce nuevas entidades territoriales y administrativas. Como entidades territoriales, reconoce a las regiones, las cuales podrán conformarse a partir de la conversión de regiones administrativas y de planificación, los departamentos (32), los distritos (4), los municipios (1060) y los territorios indígenas (en proceso de reglamentación). Como divisiones administrativas y de planificación se establecen las regiones administrativas y de planificación, las provincias, las áreas metropolitanas, las localidades del Distrito Capital, las comunas y los corregimientos.

En la división municipal se mantuvo una parcelación a partir de entidades con profundas desigualdades en población, tamaño y condiciones económicas. Unos municipios poseen gran concentración urbana, otros son pequeños espacios rurales.

Estos municipios agrupados en provincias o asociaciones de municipios podrían beneficiarse de la solidaridad financiera que los llevaría a disponer de mayores medios económicos para la realización de obras de infraestructura de impacto subregional las cuales individualmente les son onerosas, así como la localización más racional y más rentable de las instalaciones públicas, al ponerse a disposición de una población más numerosa, la mejor prestación de los servicios públicos, la mayor disponibilidad de medios para contratar personal calificado para la gestión administrativa.

(SEGUNDA PARTE) CARACTERISTICAS CLAVES PARA EL ORDENAMIENTO TERRITORIAL



Se destacan:
Visión integral del territorio y multidimensional dad de las políticas y planes de Ordenamiento territorial.
Énfasis en la planificación física espacial:
Existencia de directrices jerarquizadas: nacional, regional, subregional, local.
Sólida organización institucional para la gestión ordenadora que garantiza la orientación y coordinación horizontal y vertical de las entidades participantes en el proceso y la integración de las políticas y planes sectoriales y territoriales.
Alta participación social y concertación de los escenarios futuros de Ordenamiento Territorial.
Valoración del Ordenamiento Territorial como estrategia de apoyo para el logro del desarrollo sostenible.
Respaldo político y financiero a los planes de Ordenamiento Territorial.
Visión prospectiva de los planes y continuidad en el tiempo.
Disponibilidad de información de buena calidad y apoyo a las entidades productoras de información geográfica/territorial, las cuales se consideran fundamentales para el éxito del OT.
Divulgación amplia de los planes entre los ciudadanos y preocupación por la educación en el tema.

PROBLEMAS QUE CONCIERNE AL ORDENAMIENTO TERRITORIAL
Los siguientes problemas:
 Conflictos de uso de la tierra por incompatibilidad.
 Aprovechamiento no sostenible de los recursos naturales.
 Ocupación de áreas sujetas a amenazas naturales.
 Desarrollo espacial de corredores viales, redes de transporte y de comunicaciones.
 Expansión urbana desordenada.
 Desequilibrios en el acceso a servicios públicos y sociales en áreas urbanas y rurales.
 Desequilibrios territoriales de la distribución de actividades y oportunidades de empleo.
 Desequilibrios de la organización urbano-regional .
 Desequilibrios en el desarrollo urbano y rural y sus interdependencias.
 Elevación de la competitividad territorial.

LOGROS DEL ORDENAMIENTO TERRITORIAL

 La protección del patrimonio natural y cultural.
 La prevención de desastres de origen natural y antrópico.
 El fortalecimiento de la competitividad de los territorios.
 Una red urbana equilibrada en su distribución espacial y de tamaños.
 Una organización del espacio urbano más funcional y acorde con el desarrollo humano sostenible.
 La definición de los mejores usos de los espacios de acuerdo con las potencialidades y limitantes presentes en el territorio.
 La orientación de los procesos de urbanización, industrialización y desconcentración económica.
 Una distribución equilibrada en el territorio de las actividades y usos del suelo
 La articulación e integración del territorio tanto internamente como con el exterior
 Una mayor habitabilidad del medio rural.
 La localización óptima de las infraestructuras, equipamientos y servicios.
 Una mejorar localización de las instalaciones productivas.
POLITICAS DEL ORDENAMIENTO TERRITORIAL
El país requiere una política Nacional de Ordenamiento Territorial:
Gobierno y sociedad
Coherente con el territorio actual, tendencias el marco geopolítico.
Punto de partida
Plan Nacional de Ordenamiento Territorial.
Plan Nacional de desarrollo.
Demás instrumentos de planificación

PLAN ORDENAMIENTO TERRITORIAL


A. CON BASE EN LA SÍNTESIS CONCEPTUAL DE ORDENAMIENTO EN EL MUNDO.


DEFINICIÓN DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL


El Ordenamiento Territorial es una política de Estado y proceso de planificación territorial integral y concertada, con Mla que se pretende configurar, en el largo plazo, una organización espacial del territorio, acorde con los objetivos del desarrollo económico, social, cultural y la política ambiental.

CONCEPTUALIZACIÓN DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL


Es proceso planificado de naturaleza política, técnica y administrativa, cuyo objeto central es el de organizar, armonizar y administrar la ocupación y uso del espacio, de modo que éstos contribuyan al desarrollo humano ecológicamente sostenible, espacialmente armónico y socialmente justo.


ENFOQUES DE ORDENAMIENTO TERRITORIA


Quienes lo conciben como planificación física a escala regional, subregional y local, con énfasis en el uso y ocupación del territorio, partir de la coordinación de los aspectos territoriales de las políticas sectoriales y la coordinación del planeamiento urbanístico municipal.

Quienes lo entienden como planificación territorial integral vinculada estrechamente a la planificación económica y social, con el objeto de garantizar el equilibrio en el desarrollo regional.


OBJETO DEL ORDENAMIENTO TERRITORIAL


Busca actuar sobre el orden territorial existente para inducir nuevos escenarios de desarrollo, uso y ocupación del territorio que se ajusten a una imagen objetivo previamente concertada por la sociedad.


CUALIDADES DEL ORDENAMIENTO TERRITORIAL


El ordenamiento territorial es un proceso planificado, multidimensional, coordinado, prospectivo y democrático.


Proceso planificado

Se expresa mediante planes, los cuales constituyen su principal instrumento. Estos planes deben ser flexibles, de modo que puedan reformularse en función de las situaciones nuevas que se presenten y las fallas que sean necesarios corregir. También deben ser continuos en el tiempo, de modo que independiente de los cambios de gobiernos, puedan ejecutarse en el horizonte de tiempo para el cual fueron formulados.


El carácter planificador hace del ordenamiento territorial un proceso sujeto a los procedimientos de la planeación en la cual las metas, objetivos, políticas, proyectos y acciones se formulan y realizan a partir del conocimiento e interpretación de la realidad y sus tendencias de cambio (Diagnóstico Territorial), considerando los objetivos de desarrollo del Estado y las expectativas sociales.

El contenido (objetivos, estrategias, metas, instrumentos) de los planes es afectado por la escala del ordenamiento, distinguiéndose los planes nacionales, regionales, departamentales o subregionales y municipales o locales, según la organización político-administrativa de cada país.


Multidimensionalidad

Para formular un plan es necesario evaluar las condiciones sociales, económicas, ambientales y culturales, vistas de manera integral, como formas y estructuras territoriales espaciales cambiantes en el tiempo y en el espacio. Estas estructuras surgen de la interrelación entre la población con sus estructuras culturales y de poder, las actividades sociales, económicas, administrativas y los recursos naturales

Carácter prospectivo y coordinado

El carácter prospectivo a sido enriquecido por los aportes conceptuales estos se formulan los planes de desarrollo territorial y/o de uso y ocupación del territorio, buscando siempre una coordinación vertical, horizontal y temporal.

La coordinación vertical hace referencia a la acción concurrente y armónica entre los distintos niveles territoriales que tienen jurisdicción administrativa sobre el territorio. La coordinación horizontal, se refiere a la concurrencia y armonía de las distintas políticas sectoriales que se desarrollan en el territorio.

La coordinación temporal, tiene que ver con la continuidad en el tiempo de la política ordenadora aunque cambien los gobiernos, de modo que la construcción de los

Escenarios prospectivos o futuros sea posible.

ü Carácter democrático

La legitimación social es otra de las características destacadas en las políticas de ordenamiento. Esta legitimación se busca dando al proceso de ordenamiento un carácter participativo, especialmente en la formulación de planes de Ordenamiento Territorial locales y subregionales, escalas en las cuales la sensibilidad de los grupos sociales es mayor frente a los cambios que se establezca en el uso u ocupación del territorio o frente a los planes de inversión mediante los cuales se quiere inducir el orden territorial futuro.